El BOE publica las condiciones asegurables de la tarifa general ganadera
Podrán asegurarse las explotaciones cunícolas de carne, las helicícolas y las de avicultura alternativa y cinegéticas.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha del viernes 29 de abril la Orden AAA/620/2016, de 21 de abril, por la que se definen las explotaciones y las especies asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y los valores unitarios de la tarifa general ganadera, comprendida en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Según el texto, tendrán la condición de explotaciones asegurables en el ámbito de aplicación del seguro las explotaciones cunícolas de carne, las helicícolas y las de avicultura alternativa y cinegéticas.
En cuanto a los animales asegurables, obtendrán esta condición:
- En la especie cunícola: los conejos de hasta 2 años de edad estabulados permanentemente en jaulas, destinados a la reproducción y/o engorde intensivo para su comercialización para consumo humano o para otras explotaciones.
- En las especies de Helicicultura: los caracoles de la especie Helix aspersa, ubicados permanentemente en parcelas delimitadas, y destinados exclusivamente al engorde para su comercialización para consumo humano.
- En las especies de avicultura alternativa y cinegéticas: los animales de cada una de las especies recogidas en el anexo I y en el articulo 3, ubicados en instalaciones adecuadas para cada tipo de producción, perfectamente delimitadas, destinados a su comercialización para consumo humano directo o para su aprovechamiento cinegético tras la suelta en medio natural.
El período de suscripción del seguro se iniciará el 1 de junio de 2016 y finalizará el 31 de mayo de 2017.
El documento completo puede consultarse haciendo click aquí.
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