Publicadas las condiciones del 37º Plan de Seguros Agrarios Combinados

El BOE ha publicado, el 8 de junio, la Orden AAA/896/2016, de 27 de mayo, por la que se definen varios aspectos de estos seguros.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden AAA/896/2016, de 27 de mayo, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendido en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Las explotaciones asegurables, en el ámbito de aplicación del seguro de compensación por pérdida de pastos, serán todas aquellas que tengan asignado un código de explotación según lo establecido en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA), y cumplan con lo establecido en la legislación vigente en materia de identificación y registro de animales de las especies objeto del seguro. Se establecen diferencias entre las explotaciones de ganado bovino reproductor, ganado ovino y caprino reproductor y ganado equino reproductor en extensivo.

En cuanto a las Razas, son asegurables las Razas cárnicas, lácteas y de lidia en el caso del bovino y todos los grupos de Razas en las especies ovina, caprina y equina.

Los períodos de suscripción y entrada en vigor del seguro varían según los grupos comarcales establecidos en el documento. La Orden completa puede consultarse haciendo click.

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