La Rioja pone a disposición del campo 3,14 millones de euros para incentivar el relevo generacional
Mantiene las mejoras adoptadas en la orden de subvenciones de la campaña pasada, entre ellas el incremento de las ayudas en un 20% y la posibilidad de instalarse bajo modalidad pluriactiva
El Consejo de Gobierno ha autorizado, con fecha del 5 de noviembre, a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente de La Rioja, la aprobación del gasto para el establecimiento de jóvenes agricultores con el objetivo de facilitar el relevo generacional en la agricultura y la ganadería, para lo que se ha destinado una partida de 3.140.000 euros.
Dada la buena acogida en el sector, el Ejecutivo regional mantiene las mejoras aprobadas la campaña pasada en la orden de ayudas para el establecimiento de jóvenes agricultores, donde se facilitó la firma de préstamos asumiendo el Gobierno el pago de los intereses, se aumentó un 20% la prima por establecimiento en la modalidad exclusiva pasando de 40.000 a 48.000 euros y se implementó la modalidad pluriactiva, que permite recibir una ayuda de 24.000 euros a jóvenes que deciden compaginar la actividad agraria con otra.
En este sentido, a través de la renovada orden, se permite que dos jóvenes que compartan una sociedad puedan recibir ayudas si ambos tienen el mismo porcentaje de participación en la misma, anulando así la obligatoriedad de que uno tenga que tener mayor participación que el otro.
El importe total de la ayuda destinada al establecimiento de personas jóvenes agricultoras se imputará a la partida presupuestaria en los siguientes ejercicios ordinarios con el siguiente desglose:
2026: 1.440.000 euros (ayuda directa)
2027: 500.000 euros (bonificación prestamos)
2028: 1.200.000 euros (ayuda directa)
La distribución de la totalidad de los fondos disponibles para estas ayudas entre las partidas presupuestarias y/o anualidades indicadas deberá entenderse estimativo, puesto que han de considerarse en conjunto, y su reparto definitivo está subordinado a las solicitudes efectivamente recibidas, de modo que si el crédito de alguna de las partidas presupuestarias y/o anualidades no fuera comprometido por falta de solicitudes, se podrá incrementar por el procedimiento oportuno previo otra partida en la que el superior número de peticiones exigiera un importe mayor para hacer frente al abono de las mismas.
Por último, la edad máxima para ser beneficiario de estas ayudas queda establecida en los 40 años, no debiendo cumplirlos en el año de la solicitud. También se podrá acceder a los préstamos bonificados para modernización de explotaciones agrarias en condiciones preferentes pudiendo financiar hasta el 90% de la inversión de dichas mejoras recogidas en su plan empresarial.