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El BOE publica las condiciones del seguro de explotación de ganado aviar de carne

Podrán asegurarse las explotaciones de ganado aviar de carne destinadas al cebo de pollos, pavos o codornices.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha de miércoles 27 de abril la Orden AAA/601/2016, de 19 de abril, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado aviar de carne, comprendido en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Según el texto, tendrán la condición de explotaciones asegurables en el ámbito de aplicación del seguro las explotaciones de ganado aviar de carne destinadas al cebo de pollos, pavos o codornices que cumplan la serie de requisitos que se especifican.

En cuanto a los animales, son asegurables los pollos de la especie Gallus gallus, los pavos de la especie Meleagris gallopavo y las codornices de la especie Coturnix japonica estabulados permanentemente en naves sin parque y destinados exclusivamente al engorde.

El período de suscripción del seguro de explotación de ganado aviar de carne se iniciará el 1 de junio de 2016 y finalizará el 31 de mayo de 2017.

El documento completo puede consultarse haciendo click aquí.

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