Cantabria publica el nuevo baremo de indemnización de los daños producidos por la fauna silvestre

El nuevo documento incrementa las indemnizaciones a los ganaderos y sus efectos tendrán efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se establece el nuevo baremo para la indemnización de los daños producidos por la fauna silvestre.

La Consejería incrementará las indemnizaciones por daños de la fauna silvestre a las producciones del sector primario con el fin de dar respuesta a la necesidad de actualizar el anterior, vigente desde 2020, en todos los tipos de bienes considerados (ganado, apicultura, otros animales, cultivos, pastizales y praderías y arbolado).

El nuevo baremo ha simplificado la clasificación de los tipos de ganado, que pasan a agruparse por vocación productiva en lugar de por razas y se incluye el lucro cesante en las hembras de los diferentes tipos de ganado en edad productiva, con o sin inscripción genealógica, para las que se incrementa la valoración por las pérdidas de producción: 300 euros en bovino de carne y en equino, 1.400 euros en bovino de leche, 20 euros en ovino y caprino de aptitud cárnica, 60 euros en ovino de aptitud láctea y 175 euros en caprino de aptitud láctea.

Además, aplicando este mismo criterio, este lucro cesante incluye los daños en colmenas fuera del periodo de la producción que en el baremo anterior no se indemnizaban.

Otra de las novedades del nuevo baremo es la inclusión de la indemnización por los daños que se produzcan por ataques de lobo a los mastines por su estrecha relación con la actividad ganadera y su papel en la prevención de daños, valorándose en 300 euros los perros de hasta 12 meses y en 400 euros los perros de más edad, siempre que se acredite documentalmente que el perro es propiedad del titular de la explotación ganadera en la que se produce el ataque.

También se incrementan las indemnizaciones por daños en arbolado, maizales, praderías o pastizales por diferentes especies de fauna silvestre.

Por último, siguen manteniéndose en el nuevo baremo el aumento de indemnización por animal muerto en ganado ovino o caprino cuando en un mismo ataque resulte afectado más del 20% del censo de la explotación, siendo ese incremento igual al porcentaje del censo afectado, y el pago de los gastos veterinarios y de medicamentos para los animales heridos.

El baremo es de aplicación en los daños producidos por la fauna silvestre en aquellos terrenos en los que, de acuerdo con la normativa vigente, la responsabilidad de indemnizar recae en la Administración regional: para las especies catalogadas como amenazadas o en régimen de protección especial, los daños producidos en toda la región; para las especies cinegéticas, los daños producidos en terrenos cuya titularidad cinegética corresponde a la Administración regional o en los que esté prohibida la caza.

En el caso del ganado bovino las indemnizaciones varían en función de edad, la vocación productiva y si se trata de animales con carta genealógica, oscilando entre los 600 euros de un ternero sin carta, con incremento de 200 euros respecto al actual baremo, hasta los 2.600 euros por una vaca de aptitud láctea en edad de producción, cuantía que incorpora el lucro cesante.

En el ganado equino, las nuevas indemnizaciones van desde los 600 euros de un potro sin carta, hasta los 1.800 de una yegua en edad productiva y carta genealógica, cifra que incluye el lucro cesante. Los incrementos en equino oscilan entre los 100 y los 300 euros.

Por su parte, los ejemplares de ovino y caprino serán indemnizados por cuantías de entre 135 euros los corderos y cabritos sin carta, y los 375 euros de las cabras adultas de aptitud láctea y cuyos propietarios demuestren la entrega de leche o la elaboración y comercialización de sus propios productos. En ovino y en caprino, se incorpora la indemnización por lucro cesante en hembras en edad productiva tanto de carne como de leche. 

En la apicultura, la indemnización por pérdida de colmena completa pasa de 150 a 175 euros; la pérdida por producción de miel por colmena aumenta de 120 a 140 euros, si la pérdida es en período productivo (de marzo a septiembre), incorporándose por vez primera una indemnización de 50 euros si la colmena destruida está fuera del período productivo.

En cuanto al resto de animales, también se incrementa la indemnización en pequeños animales como gallinas, pollos, patos, ocas o conejos.

En el caso de los cultivos, los pagos por daños se incrementan en todo tipo de cultivos, tales como los viñedos (de 3 a 4 euros por cepa); maíz (de 0,35 a 0,45 euros por metro cuadrado); los daños en hierba en las praderías de costa y vegas (de 0,20 a 0,25 euros por metro cuadrado); los daños por hozaduras en pastizales de diente (0,15 a 0,20 euros por metro cuadrado) o la pérdida de bolas de silo (de 25 a 30 euros la unidad), entre otros.